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Derechos de los interesados

El afectado o interesado puede ejercitar sus derechos por cualquier medio: personalmente (in situ), carta, fax, teléfono o e-mail, pero siempre ha de quedar acreditada la recepción de dicha solicitud. La recomendación es atender con la máxima prioridad y eficiencia las solicitudes realizadas por parte de los interesados, transmitiendo seriedad y profesionalidad.

Se considera afectado o interesado a la persona física de la cual ABTEX S.L realice un tratamiento de datos de carácter personal en un fichero propiedad del Responsable.

RESPONSABILIDADES ANTE EL EJERCICIO DE UN DERECHO

En caso de que ABTEX S.L recibiera una comunicación, por cualquiera que sea el medio, en la que se solicitara el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición y a no ser objeto de decisiones individualizadas automatizadas (incluida la elaboración de perfiles), limitación del tratamiento y portabilidad de datos, el empleado receptor de la misma lo pondrá inmediatamente en conocimiento del RESPONSABLE de ABTEX S.A o en su caso al Delegado de Protección de Datos (véase documento 03: asignación de responsabilidades) para proceder a la contestación dependiendo del derecho solicitado por el interesado.

PRINCIPIOS ESENCIALES ANTE EL EJERCICIO DE UN DERECHOS

El RGPD exige que el Responsable del tratamiento ha de tomar las medidas oportunas para facilitar al interesado toda la información relativa al tratamiento de sus datos personales, en forma concisa, transparente, inteligible y de fácil acceso. Asimismo, se habrá de utilizar un lenguaje claro y sencillo, y en particular cualquier información dirigida a un menor de edad.

Esta información será facilitada por escrito u otros medios análogos informáticos, inclusive (si procede) de medios electrónicos. Adicionalmente, es necesario traer a colación que el RGPD permite que, a petición del interesado, la información podrá facilitarse verbalmente siempre que demuestre la identidad del interesado por otros medios.

  1. Procedimiento de respuesta al ejercicio de un derecho

El afectado puede solicitar en cualquier momento y de forma totalmente gratuita a acceder, rectificar, suprimir, oponerse (así como a no ser objeto de decisiones individualizadas automatizadas), a limitar el tratamiento y a solicitar la portabilidad de los datos que sobre su persona obren en poder de ABTEX S.L

Se designa a D. / Dña. ____________________________, como Responsable del procedimiento de forma que a través de él se canalice todo el procedimiento de ejercicio de derechos.

Fases comunes del procedimiento

  1. Cualquier empleado deberá atender la petición del afectado en el momento de la solicitud por cualquier medio en que lo ejerciten.
  2. Ante conocimiento del ejercicio de tal derecho, el empleado deberá notificarse a la persona anteriormente asignada para la contestación de tal solicitud.
  3. En caso de rectificaciones de datos de carácter personal que se realicen por teléfono, el receptor del ejercicio de este derecho realizará comprobaciones en los datos contenidos en sus aplicaciones con el fin de comprobar la identidad del llamante. Comunicándole el empleado al interesado que sus datos han sido rectificados, y preguntándole si desea confirmación de su derecho por escrito.
  4. En el caso de peticiones in situ por parte del afectado, se hará entrega al afectado del formulario de ejercicio de derechos correspondiente para dejar constancia del ejercicio del derecho, y fotocopiará el DNI o documento acreditativo de la personalidad del afectado que deberá firmarlo y se le dará copia estampando el sello de ABTEX S.L En cualquier caso siempre se deberá notificar a la persona asignada en el presente documento del ejercicio y/o entrega de los formularios.
  5. Todo ejercicio de derechos realizado por un afectado será puesto en conocimiento del Responsable del Tratamiento, y en su caso del Delegado de Protección de Datos (DPD) y de todas aquellas empresas a las cuales se hayan cedido los datos o a empresas que accedan a los mismos.
  1. Cuestiones generales del procedimiento
  1. El Responsable del Tratamiento tomará las medidas oportunas indicadas para informar al interesado de forma concisa, transparente, inteligible y de fácil acceso con un lenguaje claro y sencillo.
  2. Obligatoriamente se le deberá contestar al interesado ante cualquier solicitud de derechos.
  3. El plazo estipulado en el artículo 12.3 del RGPD es de un mes a partir de la recepción de la solicitud. Puede existir una prorroga de otros dos meses en atención a la complejidad, así como del número de solicitudes. En caso de dicha dilación, se deberá indicar los motivos.
  4. Si no se contesta a la solicitud se deberá informar, como plazo máximo en un mes, explicando los motivos y razones de la negativa de contestación, dando al interesado la posibilidad de dirigirse a una autoridad de control o de ejercitar otras acciones judiciales.
  5. Cualquier ejercicio de los derechos que la normativa de protección de datos pone a disposición de los interesados, así como la información facilitada será gratuita. No obstante, ante solicitudes infundadas, excesivas o repetitivas por un mismo interesado en cortos periodos de tiempo, el RGPD permite el cobro de un canon o tasa razonable a razón de los costes administrativos; o en su caso se podría negar a actuar respecto a dicha solicitud.
  6. Ante dudas razonables en relación con la identidad de la personal, el Responsable del Tratamiento podrá solicitar información adicional al interesado para poder confirmar correctamente y sin ningún género de duda la identidad de quien ejercita tal solicitud.
  7. Finalmente, en el caso de que el interesado haya utilizado medios electrónicos para el ejercicio de sus derechos, el Responsable del tratamiento, y por ende quien sea el responsable para la contestación de tales derechos, deberá utilizar dichos medios para proceder a la contestación.